Aquellos Centros Financieros o Bancarios Offshore de carácter opaco y de accionar poco transparente, ya no quedan en el mundo. La lucha contra la evasión fiscal y contra los delitos de blanqueo de capitales ha producido mayor transparencia de estos Centros de Servicio.
Sin embargo, las necesidades del comercio internacional obligan a la utilización de la Banca Internacional u Offshore, a fin de garantizar el desarrollo de una mejor gestión de las operaciones comerciales, la obtención de beneficios de las operaciones que tradicionalmente ofrecen escasos márgenes, la generación de ahorros de tiempo y esfuerzo, la creación de un fondo de pago y cobro que proteja de los riesgos cambiarios de las diferentes monedas. Y al mismo tiempo, garantizar la confidencialidad y la protección del patrimonio, reducir los riesgos de la vida cotidiana en cada país.
Para ello, en estas Jurisdicciones se ofrecen diversas estructuras, tales como Fondos de Inversión Offshore, Aseguradoras Cautivas, Fideicomisos, Sociedades o Corporaciones Anónimas, las Compañías Internacionales de Negocios, también conocidas como IBC’s, Sociedades de Responsabilidad Limitada (LLC o LLP), entre otras.
En todo caso, el cliente-inversionista deberá hacer una adecuada planificación, a fin de garantizarse el cumplimiento de las obligaciones, la obtención de los frutos esperados de sus operaciones, así como la reducción de los riesgos fiscales y operativos que la gestión comercial deba producir.
La optimización de la operación comercial solo puede producirse de manera segura si el cliente-inversionista se asegura de cumplir con las exigencias legales en cada etapa del proceso de generación de la renta y de la ganancia.
El Cliente-Inversionista tiene el derecho de informarse y ser informado. También tiene la posibilidad de consultar a sus asesores legales, contables o de negocios en su país de origen, antes de realizar la inversión.